Compañeros mercantiles: los días Viernes Santo, 1 y 2 de Abril son feriados nacionales. Por lo tanto, aquellos que decidan prestar laborales, deberán cobrarlos con recargo.
Viernes 29 de Marzo |
Viernes Santo |
Lunes 1 de Abril |
Feriado Puente Turístico |
Martes 2 de Abril |
Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |