26 DE DICIEMBRE- FERIADO PUENTE Y SUS ALCANCES

Imagen de Webmaster
 

“EL TRABAJADOR NO ESTA OBLIGADO A PRESTAR SERVICIOS”

El Centro de Empleados de Comercio del Neuquén informa que durante el día 26 de Diciembre, con carácter de Feriado Nacional, sobre el que rigen las normas legales sobre el descanso dominical, los trabajadores mercantiles que presten servicios de manera voluntaria deberán percibir una remuneración diferenciada.  

“El trabajador de comercio y servicios no está obligado a prestar tareas. Por lo tanto, en caso de que lo haga, deberá cobrar el doble por cada jornada”, explicó Sergio Rodríguez, Secretario General.